06/02/2024 | El Universal
El Consejo General del IECM estableció que los candidatos bajo la figura de candidatura común, tienen que ser en proporción al número de candidaturas que postulan bajo esta forma de asociación, es decir, deberá haber una correlación equitativa lógica, lo que implica una coincidencia exacta entre el número de postulaciones y el porcentaje de distribución de votos.